El IMCR ofrece servicios de mediación bajo el programa de Temprana Intervención. Este programa asiste a las familias con niños de 0-3 años de edad, en los cuales existe un desarrollo retardado o una deshabilitación. En la mediación de Temprana Intervención, la ley garantiza a cada padre de familia el derecho a la mediación o a una audiencia imparcial para resolver una disputa en la cual el padre de familia está en desacuerdo con la determinación realizada por un evaluador, o con un oficial de Temprana Intervención. El derecho fue establecido con la aprobación del Título II-A del Artículo 25 de la Ley de Salud Pública de 1933.
Bajo esta ley, se asegura a los padres de familia que tendrán derecho a un proceso que es:
1) Voluntario
2) Ocurre cuando es requerido por la persona que recibe los servicios de temprana intervención, a menos que sea limitado por alguna regulación.
3) Es conducido por un mediador calificado e imparcial, capacitado en técnicas efectivas de mediación, y
4) La mediación no se emplea para atrasar o negar el derecho de la persona o personas a otros procesos a que tiene derecho, tal como una audiencia imparcial.
Si usted o alguien que usted conoce requiere los servicios de la Mediación de Temprana Intervención, llama al IMCR al 718-585-1190 para saber más acerca de este programa.